ANFP

Jueves, 18 de Abril de 2013 11:52 hrs.

TRIBUNAL: CASO DEPORTES LA SERENA

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Santiago, 16 de abril de 2013

VISTOS:

PRIMERO: La denuncia formulada por la Comisión de Control de Gestión Económica ANFP, con fecha 11 de marzo de 2013, en contra de Deportes La Serena S. A. D. P., por Incumplimiento del artículo 66 de las Bases del Campeonato.

SEGUNDO: El fallo de primera instancia de la Primera Sala del Tribunal de Disciplina de la A. N. F. P., de fecha 18 de marzo de 2013, el que en su parte resolutiva establece que “Se sanciona al Club de Deportes La Serena S. A. D. P. aplicando una amonestación por escrito por no haber pagado en tiempo y forma las cotizaciones provisionales correspondientes al mes de Enero de 2013.”

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la parte sancionada, Club de Deportes La Serena S. A. D. P., ha acompañado en esta instancia, en forma legal, documentación que acredita el pago de las cotizaciones provisionales correspondientes a las remuneraciones del mes de Enero de 2013 de sus trabajadores, en las distintas instituciones provisionales.
SEGUNDO: Que el pago referido precedentemente se efectuó con fecha 30 de Enero de 2013, esto es, dentro del plazo legal.
TERCERO: Que, así las cosas, no existen los fundamentos en los cuales se basaron, tanto la denuncia de la Comisión de Control de Gestión Económica ANFP, como el fallo de la Primera Sala del Tribunal de Disciplina de la A. N. F. P., por cuanto dichas entidades no tuvieron conocimiento oportuno de lo consignado en el considerando primero de este fallo.

SE RESUELVE:

Que se revoca el fallo dictado con fecha 18 de marzo de 2013 por la Primera Sala de este Tribunal de Disciplina, y en su lugar se decreta que se absuelve al Club de Deportes La Serena S. A. D. P. de los cargos formulados.

Fallo dictado por la unanimidad de los integrantes de la Segunda Sala presentes en la vista de la causa, don Juan Aguad Kuncar, don Claudio Guerra Gaete, don Stéfano Pirola Pfingsthorn y don Jorge Aguilar Vinagre.
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